DOBLE SUELDO DOCENTE: ¿Cómo acceder a la doble adjudicación? | Requisitos aquí
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De acuerdo con las reglas establecidas, ningún empleado público puede mantener más de un trabajo o cargo público con remuneración al mismo tiempo, excepto en el caso de aquellos que trabajen en el campo de la enseñanza, donde se permite una excepción,
Según este apartado, se describen dos escenarios. En el primero, se trata de un profesor que ya está empleado “ya sea como personal con nombramiento o contratado”. En el segundo, se menciona a un individuo que solicita dos o más puestos y que “no tiene ningún historial laboral previo con el Estado”.
En el primer caso, la regulación establece que “el candidato con un empleo vigente, ya sea con nombramiento o contrato, que solicite una plaza disponible en el proceso de contratación de docentes, debe presentar dos cartas en el momento de la adjudicación”. Una de estas cartas debe ser proporcionada por el director de la Institución Educativa donde actualmente trabaja, y la otra carta debe ser emitida por el director de la Institución Educativa a la que aspira ser asignado, especificando el turno y horario laboral para todo el año, asegurando que no haya solapamiento de horarios.
Además, se estipula que “si hay modificaciones en el horario en alguna de las instituciones donde el empleado ya trabaja, este puede informar sobre el cambio al director de la Institución Educativa donde ha sido asignado y a la UGEL para evaluar la compatibilidad de horarios y distancias”.
Es esencial considerar que para que esta regulación se aplique, deben cumplirse ciertos requisitos básicos, como que “los horarios laborales no se superpongan, evitando que una jornada afecte a la otra, incluso si ambas se realizan en la misma Institución Educativa”. Además, no debe haber incompatibilidad en los horarios ni en la distancia con el nuevo puesto a asumir.